Política Colombiana

¡No se deje multar! Estas son las sanciones Tipo 1 y 2 del nuevo Código de Policía

Imagen tomada de: http://confidencialcolombia.com/es/1/bogota/28803/Noticias-Confidencial-Colombia-Cali-Medellin-Bogota-Los-12-puntos-más-controversiales-del-nuevo-código-de-Polic%C3%ADa.htm
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Tras 6 meses de sanciones pedagógicas, el 1 de agosto empezaron las multas para quienes infrinjan las normas del nuevo Código de Policía. No incurra en las faltas, acá le explicamos de forma corta y clara, los comportamientos más comunes que serán sancionados en el nuevo código.
Nota al lector: Nuestros artículos se caracterizan por tener un máximo de 250 palabras, con el fin de informar concreta y claramente. El código de policía tiene varias normas que consideramos usted debe saber, por eso este artículo será de mayor extensión.

 

El código de policía establece 4 tipos de faltas. Quienes incurran en faltas tipo 1, tendrán una multa de $98.362. Quienes incurran en las faltas tipo 2, tendrán que cancelar $196.724. Sin embargo, las multas de las faltas tipo 1 y 2 pueden pagarse participando en jornadas comunitarias, de embellecimiento de la ciudad o actividades pedagógicas desarrolladas por las alcaldías, ahorrándose el costo de la multa. Estos son los comportamientos más recurrentes sancionados por el nuevo Código de Policía

Lea en este link, las sanciones más comunes que dan multa tipo 3 y 4

Multas tipo 1:

  • No recoger los desechos del perro y permitir que las mascotas esparzan los residuos de las basuras.
  • Obstruir las ciclorutas
  • Consumir bebidas, alimentos o fumar en el transporte público.
  • Impedir la salida y entrada prioritaria de mujeres embarazadas, personas de la tercera edad, con niños o en situación de discapacidad en el transporte público.
  • Vender o canjear boletería para eventos públicos por personas no autorizadas.
  • No botar la basura en los recipientes destinados para ello en las zonas protegidas.
  • Ocupar el espacio público sin autorización.
  • Obstruir o dificultar la libre movilidad del usuario en bicicleta.
  • Agredir, empujar o irrespetar a las personas en el transporte público.
  • Ingresar o salir de los portales por las puertas que no están destinadas para esto.

Multas tipo 2:

  • Incurrir en riñas o confrontaciones violentas que puedan generar daño físico. Amenazar con causar daño a otras personas.
  • Portar objetos cortopunzantes, armas de fuego o sustancias peligrosas.
  • Portar armas de aire, fogueo o aerosoles de pimienta, en lugares donde haya aglomeraciones de gente o donde se ingiera alcohol.
  • Consumir alcohol o sustancias psicoactivas en lugares abiertos al público.
  • Permitir que los niños sean tenedores de animales potencialmente peligrosos (ver al final de la nota cuales razas de perros son considerados peligrosos).
  • Comprar, utilizar o alquilar un celular que este reportado como robado o extraviado.
  • Impedir el ingreso o permanencia de animales guía en cualquier espacio sea público o privado, incluyendo el sistema de trasporte.
  • Llevar perros de raza potencialmente peligrosa sin bozal.
  • Permitir que niños, adolescentes o personas en condición de discapacidad posean o trasporten perros de razas potencialmente peligrosas
  • Transportar perros de razas potencialmente peligrosas bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas.
  • Pintar en lugares públicos sin autorización (muros, paredes, postes, troncos de los arboles).
  • Evadir el pago de la tarifa en el transporte público.
  • Transportar mascotas en el trasporte público sin la reglamentación correspondiente.

 

De acuerdo con el Código de Policía los perros de raza peligrosa y que deben andar con bozal son los siguientes:

1. Caninos que han tenido episodios de agresiones a personas; o le hayan causado la muerte a otros perros.
2. Caninos que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.
3. Caninos que pertenecen a una de las siguientes razas o a sus cruces o híbridos: American Staffordshire Terrier, Bullmastiff, Dóberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileiro, Mastín Napolitano, Bull Terrier, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, de presa canario, Rottweiler, Staffordshire Terrier, Tosa Japonés y aquellas nuevas razas o mezclas de razas que el Gobierno Nacional determine.

Para consultas o dudas sobre el nuevo Código de Policía escríbanos al correo admin@letradirecta.com o escribanos su pregunta en los comentarios

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Julián David Rojas

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