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¡No se deje multar! Estas son las sanciones Tipo 3 y 4 del nuevo Código de Policía

Imagen tomada de: http://www.elcolombiano.com/colombia/mentiras-y-verdades-sobre-el-nuevo-codigo-de-policia-DN5861555
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Tras 6 meses de sanciones pedagógicas, el 1 de agosto empezaron las multas para quienes infrinjan las normas del nuevo Código de Policía. No incurra en las faltas, acá le explicamos de forma corta y clara, los comportamientos más comunes que serán sancionados en el nuevo código.
Nota al lector: Nuestros artículos se caracterizan por tener un máximo de 250 palabras, con el fin de informar concreta y claramente. El código de policía tiene varias normas que consideramos usted debe saber, por eso este artículo será de mayor extensión.

 

Las multas tipo 3 tienen un costo de $393.440 y las tipo 4 un valor de $786.898. A diferencia de las multas tipo 1 y 2 estas no se pueden condonar haciendo labores comunitarias y actividades pedagógicas, sin embargo, en algunos casos en necesario realizar estas labores o actividades además de pagarlas. Aquí le presentamos los comportamientos más recurrentes en el Código de Policía de las multas tipo 3 y 4.

Lea aquí, las sanciones más comunes que dan multa tipo 1 y 2

Multas tipo 3:

  • Agredir físicamente a una persona
  • Actos sexuales o exhibicionismo en lugares públicos.
  • Sonidos, ruidos, fiestas, actividades que generen molestia por su impacto auditivo. La policía puede desactivar temporalmente la fuente del ruido.
  • Consumir alcohol o drogas en los centros educativos o en sus áreas circundantes. Distribuir, almacenar, transportar u ofrecer al público, móviles reportados como hurtados.
  • Promover, participar y patrocinar actividades de apuestas que incluyan animales. Venta o promoción de animales domésticos en vía pública.
  • Obstaculizar o impedir el flujo de usuarios en los sistemas de trasporte público. Irrespetar a las autoridades del sistema público de transporte.

Multas tipo 4

  • Realizar necesidades fisiológicas en espacio público.
  • Usar, distribuir o fabricar artículos pirotécnicos, pólvora o fuegos artificiales sin autorización.
  • Desconocer o incumplir la orden de un policía
  • Impedir o dificultar el proceso de identificación o individualización por parte de un policía.
  • Negarse a dar información veraz sobre el lugar de residencia y actividad cuando las autoridades de policía lo requieran.
  • Agredir o lanzar objetos que puedan causar daño a un policía.
  • Utilizar inadecuadamente la línea para emergencias.
  • Irrespetar, agredir o maltratar a las personas que ejercen la prostitución
  • Promover o causar violencia durante aglomeraciones de público.
  • Arrojar sustancias contaminantes o basura a los cuerpos de agua.
  • Arrojas basuras, llantas o escombros en espacios públicos.
  • Arrojar objetos que obstruyan las redes e alcantarillado.
  • Entrenar perros para peleas.
  • No contar con la póliza de responsabilidad civil a los poseedores de perros de razas peligrosas una vez el gobierno nacional expida la reglamentación
  • Perturbar la tranquilidad de los ocupantes del transporte publico mediante un acto obsceno.

Para consultas o dudas sobre el nuevo Código de Policía escríbanos al correo admin@letradirecta.com o escribanos su pregunta en los comentarios

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Julián David Rojas

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